TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 032/85 ------------------------------ ARTICULO 1.- Derógase el apartado a.- del Artículo 1º de la Ordenanza 11/ ------------ 84.---------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Incorpórase como apartado a.- del Artículo 1º de la Ordenanza ------------ 11/84 lo siguiente: "a.- Recargos: Se aplican por falta total o parcial del pago de los tri- butos al vencimiento general de los mismos, siempre que el contri- buyente se presente voluntariamente.- El porcentaje será fijo, siendo graduado por el Departamento Ejecu- tivo, de acuerdo con las tasas de interés vigente, y será de aplica- ción diaria".------------------------------------------------------ ARTICULO 3.- Derógase el inciso e.- del Artículo 1º de la Ordenanza 11/84, ------------ rigiendo a partir de la fecha, lo dispuesto en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.-------------------------------------------------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ventidós días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cinco. FIRMADO: Alberto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-------------------